La fracción orgánica de los residuos municipales, es decir, los restos de comida y restos vegetales generados en los hogares, es seguramente la fracción más desconocida de las que recogemos de forma separada en nuestros hogares. Sin embargo, su impacto e influencia sobre la gestión de los residuos municipales es muy significativa.
Hablamos de restos de fruta y verdura, de carne y pescado, papel de cocina y servilletas, cáscaras de huevo, restos de infusiones y de jardinería de pequeño tamaño (no poda).
Haciendo un repaso de la principal legislación europea relativa a la gestión de residuos municipales, destaca de forma clara la directiva relativa al vertido, en la que se obliga a los estados miembros a reducir la cantidad de residuos biodegradables vertidos gradualmente, de forma que en 2016 no se vierta más del 35% de los residuos biodegradables que generábamos en 1995. Hay que tener en cuenta que en el concepto de residuos biodegradables, además de los llamados bio-residuos (materia orgánica y restos vegetales) quedan incluidos también los residuos de papel y cartón. Esta medida está totalmente justificada, debido al impacto ambiental que produce el vertido de residuos biodegradables, en especial de materia orgánica, ya que al ser fácilmente degradable por los microorganismos es la causante de la generación de lixiviados (líquidos debidos a la fermentación) y de malos olores. Además, en ausencia de aire, el producto de la biodegradabilidad de estos residuos es gas metano que tiene un impacto del orden de 20 veces superior al del CO2 en relación al cambio climático, si no se evita su emisión a la atmosfera. Para paliar estos efectos ambientales negativos, los vertederos más modernos están dotados de importantes medidas de impermeabilización y recogida de líquidos y gases.
La directiva marco de residuos, actualmente en vías de transposición en los Estados miembros, establece con toda claridad la jerarquía en la gestión de residuos, en la que sitúa en primer lugar la prevención, seguida por la preparación para la reutilización, el reciclaje (incluido el compostaje), otro tipo de valorización, incluida la energética, y por último la eliminación.
Aunque en un primer momento parece que no puede hacerse mucho en el campo de la prevención de materia orgánica, entendiendo ésta como la disminución de los residuos que generamos, hay importantes actuaciones que se llevan a cabo con este objetivo. Entre otros. Las actuaciones de los bancos de alimentos que se dedican a reconducir alimentos de difícil comercialización pero aptos para el consumo, hacia entidades que combaten la pobreza, son un claro ejemplo.
Un segundo campo de actuación es el del fomento del consumo responsable. Un estudio publicado el pasado mes de noviembre sobre los residuos domésticos de alimentos y bebidas en el Reino Unido indica que el 22% de alimentos y bebidas comprados en un año se desechan y que más de la mitad de estos residuos se podrían evitar. Aspectos como la escasa planificación de las compras, la falta de conocimientos de condiciones de almacenamiento de los alimentos o la confusión en las etiquetas (tales como diferencias entre fecha de caducidad y de consumo preferente) dificultan el consumo responsable.
Como tercera vía importante de disminución de la cantidad de materia orgánica de residuos municipales a gestionar cabe destacar el compostaje en origen o autocompostaje. Se trata de actividades de tratamiento de materia orgánica en los domicilios (autocompostaje individual o doméstico) y entre varios domicilios o comercios (compostaje comunitario). En Cataluña existen más de 16.000 compostadores gestionando materia orgánica. De todas formas, la importancia del autocompostaje no se ciñe únicamente a la gestión de la materia orgánica (a nivel cuantitativo su importancia es todavía escasa) sino que se muestra como una potente herramienta de educación ambiental, integración social y colaboración intergeneracional.
Por otro lado, la citada directiva marco de residuos establece que antes de 2020 los Estados miembros deben alcanzar el 50% de preparación para reutilización y reciclaje de al menos papel, metales, plástico y vidrio y el 70% de preparación para reutilización, reciclaje y otra valorización de materiales.
Si bien la directiva no establece objetivos específicos para el reciclaje de bioresiduos, no hay que olvidar que esta fracción constituye el 36% en peso del total de residuos municipales generados y por lo tanto puede jugar un papel fundamental en la consecución de los objetivos cuantitativos mencionados.
En concreto, lo que sí establece la di rectiva marco de residuos en relación a los bio-residuos es que los Estados Miembros adoptarán medidas para impulsar:
a) la recogida separada de bio-residuos con vistas al compostaje y la digestión de los mismos;
b) el tratamiento de bio-residuos, de tal manera que se logre un alto grado de protección del medio ambiente; y
c) el uso de materiales ambientalmente seguros producidos a partir de bio-residuos.
Está claro y es evidente que para la obtención de un compost de calidad, es decir, para conseguir un verdadero reciclaje, como para la fabricación de cualquier producto, la materia prima de calidad es un requisito. Por ello, para dar cumplimento a las prescripciones de la legislación europea y coherencia a nuestra gestión de residuos municipales, se hace necesario el impulso y fomento de la recogida separada de la fracción orgánica de los residuos municipales.
En Cataluña, la legislación en esta materia ha evolucionado desde la obligación de los municipios de más de 5000 habitantes de implantar la recogida selectiva de la fracción orgánica establecida en la ley básica de residuos de 1993; pasando por la ley del canon que grava el vertido de residuos, retornando a los municipios los importes recogidos, en función de las cantidades valorizadas de fracción orgánica y otros residuos de 2004. La más reciente ley de 2008, que establece la obligatoriedad de todos los municipios de planificar el despliegue de la recogida selectiva de la fracción orgánica en su ámbito territorial, estableciendo un canon incrementado para aquellos municipios que no dispongan de un plan aprobado. Está claro que los resultados obtenidos son mucho más contundentes cuando las obligaciones no son estrictamente legales sino que de su grado de cumplimiento se deriva un impacto económico.
El resultado es que actualmente en Cataluña hay 679 municipios en los que se realiza recogida separada de la fracción orgánica de los residuos municipales, y el resto hasta alcanzar la totalidad de los 947 municipios irán desplegando el servicio en los próximos años, de acuerdo con su plan de despliegue aprobado, el cual se adapta a los plazos en los que las plantas de tratamiento planificadas entrarán en funcionamiento y a las características de los municipios.
De esta forma, en el año 2009 se recogieron 350 000 toneladas, con un nivel de impropios ponderado de un 15%, lo que permite, mediante su tratamiento biológico en las 20 plantas (16 de compostaje y 4 de digestión anaeróbica y compostaje), obtener un material estabilizado o compost de calidad adecuada para su uso agrícola, de modo que queda cerrado el ciclo de la materia orgánica.
Los sistemas y mecanismos para realizar la recogida separada de la fracción orgánica son tan variados como la tipología de municipios que tenemos en nuestro país. La experiencia nos ha demostrado que todo sistema puede dar buenos resultados si las personas que se ocupan se dedican suficientemente y disponen de los recursos necesarios.
Por todo lo anterior, está claro que una adecuada gestión de bio-residuos mejora de forma sustancial la gestión de los residuos municipales. Pero además, de acuerdo a las conclusiones obtenidas del estudio de impacto realizado por la Comisión Europea y sintetizado en su comunicación del pasado 18 de mayo, la gestión de los bio-residuos es un potencial sin explotar, que presenta las siguientes ventajas:
En conclusión, considerando que los suelos de España necesitan materia orgánica para combatir el riesgo de desertificación; la importancia creciente de las energías renovables y de la lucha contra el cambio climático; la contribución del compost al ahorro de recursos; y teniendo en cuenta todo lo expuesto relativo a la relevancia de la gestión de materia orgánica en la gestión de los residuos municipales, parece evidente que nuestro país necesita una legislación específica que ayude a impulsar el reciclaje de bioresiduos. Si dicha legislación procede de la Comisión Europea y es homogénea para todos los países miembros, mejor, pero en caso contrario no debemos perder la oportunidad que nos ofrece su adecuada gestión. Para avanzar en dicho camino, es esencial regular la planificación de la recogida separada al menos en los grandes generadores (comerciales e industriales), las condiciones de tratamiento y el uso agrario del compost de calidad.
Teresa Guerrero Bertrán
Responsable del Departamento de Gestión de Materia Orgánica. Agencia de Residuos de Cataluña