El XIV Convenio General de la Industria Química reconoce, por primera vez en el ámbito de un convenio colectivo sectorial, la figura del Delegado de Medio Ambiente. El secretario de Medio Ambiente de FITEQA, Francisco Blanco, nos explica la importancia de esta novedad. Las relaciones entre la industria y el medio ambiente están evolucionando de forma acelerada en los últimos años, buscando acomodarse a las nuevas percepciones sociales y a los avances tecnológicos. Nos encontramos en la transición del planteamiento de “quien contamina paga” al de “la contaminación se evita, no se justifica”. Tal vez por eso, cada vez son más las empresas que integran en sus estrategias la variable ambiental como una ventaja competitiva frente a sus más directos rivales. Dado que este proceso no está exento de riesgos para el empleo, ello refuerza nuestra convicción de que los sindicatos debemos integrar el factor ambiental en nuestra estrategia de acción sindical y negociación colectiva, como lo hacen en las suyas los sectores empresariales más dinámicos. Una figura transformadora Que las condiciones empiezan a estar maduras para estos cambios lo pone de manifiesto el XIV Convenio General de la Industria Química, donde se recoge la obligación de las empresas de dar cuenta en las reuniones del comité de Seguridad y Salud de los registros medioambientales y las medidas preventivas adoptadas (art. 67), el alcance del cumplimiento de Compromiso de Progreso (arts. 76.1.A.2.b y 67). Y el reconocimiento, por primera vez en el ámbito de la negociación colectiva sectorial en España, de la figura del Delegado de Medio Ambiente, que podrá ser elegido de entre los Delegados de Prevención con derechos equivalentes a éstos en información, formación y participación. Ello puede suponer la elección en el ámbito de la química española, de cientos de delegados, con el potencial transformador que entrañan. Por otra parte, no está de más recordar que el Convenio General es de aplicación también en las empresas químicas con convenio propio que no tengan expresamente reguladas estas cuestiones. Estos avances sectoriales están teniendo su irradiación hacia convenios de empresa de nuestra federación, como el de Michelin, donde a los derechos enunciados se añade el reconocimiento de un crédito sindical de 40 horas mensuales en todos los centros del grupo. Negociación colectiva Los ámbitos desde los que le son posibles intervenir a un sindicato en relación al medio ambiente son diversos (sociales, institucionales, etc.) pero hay uno que le es consustancial y propio: el centro de trabajo. De ahí, el carácter estratégico que adquiere la negociación colectiva. Más aún si, como la experiencia nos dice, en materia de derechos sindicales en la mayoría de las empresas lo que no está en el convenio no existe. Debemos, por tanto, prestar una atención prioritaria al apartado de medio ambiente en la negociación colectiva. No sólo por razones de supervivencia del planeta sino de defensa de la competitividad y el empleo de las empresas. En algunos casos la adaptación de éstas a la legislación es ya una carrera contra el reloj. El banderín de salida para impulsar el reconocimiento del Delegado de Medio Ambiente y extender los derechos en esta materia ya está levantado. Los criterios confederales para la negociación colectiva así lo recogen. Estamos, por tanto, ante un tiempo nuevo. Y, por ello, ilusionante. Paco Blanco
Existen, o pueden abrirse, otros espacios en las empresas en las que es posible la intervención sindical y, por lo tanto, son susceptibles de regulación desde la negociación colectiva: los acuerdos voluntarios. En el caso de la industria química existe el Compromiso de Progreso, al que están adscritas las ciento cincuenta empresas más importantes y del cual formamos parte CCOO y UGT.
Secretario de Medio Ambiente de FITEQA
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