Sistemas de gestión medioambiental: Un nuevo escenario para la próxima década

Sistemas de gestión medioambiental.

Los Sistemas de Gestión Medioambiental (SGMA) representan una herramienta de acción directa en una de las fuentes de agresión ambiental: las industrias y las empresas de servicios. Al actuar en el centro del problema, los SGMA se presentan con un gran potencial real de acción en estas actividades productivas para incidir eficazmente en la mejora de los indicadores ambientales. Pero todavía queda un gran recorrido por hacer, ya que tanto el estudio que aquí presentamos como el último informe de la Agencia Europea (AEMA) dan una visión muy crítica de la aplicación de las políticas medioambientales desarrolladas hasta la fecha.

Pero también hay que destacar que no se parte de cero. Nos enfrentamos a estos problemas con experiencias adquiridas y una evaluación del trabajo realizado que pueden servir de orientación de cara al trabajo que sindicatos, trabajadores y ecologistas tenemos que hacer en los centros de trabajo1.

LA NORMA ISO 14.001 FRENTE AL REGLAMENTO EMAS

En el año 96 la International Organization for Standarization aprobó la norma ISO 14.001 siguiendo los esquemas de las normas de calidad de la serie 9.000. Como consecuencia de ello, por un lado desaparecieron las diferentes normas nacionales surgidas para potenciar y regular los SGMA (BS 7750 en el Reino Unido, IS 310 en Irlanda y UNE 77801 en el Estado español) y, por otro, aparecía un formidable competidor para el modelo de gestión establecido en Europa, el Reglamento EMAS (Reglamento 1836/93 C.E.E. por el que se permite que las empresas del sector industrial se adhieran con carácter voluntario a un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales) aprobado en 1993 y que ha venido funcionando desde 1995.

Hoy vemos, lamentablemente, que las previsiones que se hacían en el nº 6 de DAPHNIA (Dic. 1996) se han hecho realidad. Decíamos entonces: “La norma ISO será mas fácil de satisfacer y tendrá menos costes económicos y productivos para las empresas, contando además con un amplio reconocimiento en todos los mercados exteriores a la Unión Europea. Esto podría acarrear, si no se toman medidas, que numerosos empresarios optarán por la certificación según la norma internacional en detrimento del Reglamento EMAS que quedaría relegado por la dinámica propia del mercado en un momento crítico de su implantación.” Los datos existentes no dejan lugar a dudas, en el Estado español a 31 de Agosto de este año estaban certificadas 204 empresas según la norma ISO y 32 adheridas al EMAS. En el resto del mundo, en esas fechas, la proporción establecida era, aproximadamente 11.000 frente a 2.500.

Las razones de esta elección empresarial son obvias: el bajo nivel de exigencia de la norma ISO 14.001 no sólo en relación al EMAS, sino también inferior al que las normas nacionales desaparecidas y numerosas empresas ya habían adoptado; los esfuerzos de ISO para, a pesar de ello, convencer a la sociedad de que la norma certifica un comportamiento medioambiental adecuado de las empresas, por más que los datos sólo avalen muy parcialmente esta afirmación; y por último, la posibilidad de que la norma se convierta en un referente para determinar qué regulaciones nacionales en materia de medio ambiente constituyen una barrera técnica al comercio.

Merece la pena detenerse en el primer argumento. A pesar de que la ISO 14.001 da gran cantidad de directrices y que estas a su vez se concretan en otras normas de la misma familia, los requisitos son muy ambiguos. La medición de la “conformidad” con la política de la empresa en lugar del “rendimiento medioambiental” de la misma, la utilización de “poner a disposición del público” en referencia exclusiva a la política, en vez de “publicar” o “distribuir” como indica el EMAS o el uso del término “aspecto significativo” en lugar de “impacto” o “efecto”, permiten una gran discrecionalidad en la interpretación de la norma y abren una puerta para que las empresas puedan certificarse sin aceptar costosos compromisos medioambientales. En el fondo, subyace una gran diferencia. El EMAS es un instrumento público de la política comunitaria, la norma ISO 14.001, por el contrario, es la respuesta de organismos privados a las exigencias de protección medioambiental tan arraigados en la sociedad.

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LA REVISIÓN DEL REGLAMENTO EMAS Y DE LA NORMAS ISO 14.000

En la actualidad ambas normas están en proceso de revisión para adaptarse a las nuevas tendencias:

  • la necesidad de simplificar los requerimientos de los SGMA en las PYMES, tanto industriales como de servicios. En especial, reduciendo la elevada carga administrativa que conllevan,
  • la integración de los sistemas y procedimientos de gestión de la calidad, de la salud y seguridad ocupacional y del medio ambiente en el ámbito de la empresa,
  • la integración de los requerimientos ambientales en todas las fases del diseño, producción, comercialización y residuo en la industria. Una nueva concepción denominada IPP (Integración de Procesos y Productos)....

Por lo que respecta a las normas ISO, se espera la aprobación en el año 2000 de la revisión de la serie de normas ISO 9.000. En función de ésta, se procederá a adaptar la serie ISO 14.000. En cuanto al Reglamento EMAS, la aprobación y publicación de la revisión definitiva estará funcionando en los primeros meses del próximo año.

CONCLUSIONES

La experiencia de los últimos años permite afirmar que la forma en que la mayoría de las empresas responden a las exigencias me dioambientales de la sociedad es la implantación y mantenimiento de sistemas de gestión ambiental. Esto no significa que todas opten por certificar sus sistemas, aun hay un gran número de industrias que toman iniciativas parciales para adecuarse a las exigencias legales, tales como el tratamiento adecuado de residuos o vertidos, iniciativas de cogeneración energética,.... sin integrar de forma efectiva y estable la protección ambiental en su gestión cotidiana.

Los datos indican que, si bien la existencia previa de un sistema de calidad favorece la incorporación del sistema de gestión medioambiental, no es un factor determinante para su implantación, la tendencia es compatibilizar e integrar en lo posible los sistemas de salud ocupacional, medioambiente y calidad para ahorrar costes y aprovechar sinergias.

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Entramos en la próxima década en un nuevo escenario caracterizado por la madurez de los sistemas de gestión ambiental y con sólo dos normas, eso sí, compatibles: una dominante, de ámbito internacional, de gran difusión y elegida mayoritariamente por las compañías, pero que no garantiza una adecuada protección ambiental y otra, mucho mas rigurosa y concebida como un instrumento político en la Unión Europea al que le falta, a pesar de su última revisión, el apoyo de otras medidas como la exigencia de la adhesión al EMAS para las empresas que participen en proyectos o instalaciones financiados siquiera parcialmente por la U.E, la exigencia de esta certificación para las empresas cuya actividad económica implique riesgos elevados para el medio ambiente en sintonía con la IPPC.

Y, por último, puesto que las políticas medioambientales de las empresas se van a desarrollar en el terreno de los sistemas de gestión medioambiental, los trabajadores debemos darles la importancia que tienen y establecer una orientación de acción sindical en ellos que permita convertirlos en auténticos instrumentos para avanzar hacia un desarrollo industrial sostenible y socialmente aceptable.

1 En este aspecto, CC.OO ha apoyado distintas iniciativas de investigación, entre las que destacan: la tesis doctoral “Actitudes de las empresas industriales españolas hacia el medio ambiente: factores de influencia” de Jesús Angel del Brío en la Universidad de Oviedo, el trabajo “Gestión Integrada de la Protección del Medio Ambiente y la Salud Laboral. Una visión sindical” de Francisco Javier Blasco de Luna y el informe “Sistemas de Gestión Medioambiental. Evaluación de la información generada por las empresas certificadas. Diciembre 1999” de Esther Soto, respectivamente del VI y VII Máster en Política y Gestión Medioambiental de la Universidad Carlos III de Madrid.

Más información:

Angel Muñoa y Esther Soto
Departamento de Medio Ambiente. C.S. de CC.OO.
C/ Fernández de la Hoz, 12
28010 Madrid
Tel: 91- 702 8060. Fax: 91 310 4804

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COMENTARIOS

  • 26/11/2010 20:27, eutimio gonzàlez
    Excelente articulo sobre sistemas de gestiòn ambiental. Le agradecerìa me enviaran algùn correo, ya que soy tesista de magister en la preparaciòn de un Sistema de Gestion para una industria de aluminio. Quedo de Ustedes.Atentamenteeee,Eutimio Gonzàlez

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