Categorías de sustancias

1. Compuestos organohalogenados y sustancias que pueden formar esos compuestos en el medio marino. Se dará prioridad al seguimiento de las siguientes: aldrín, clordano, DDT, dieldrín, dioxinas y furanos, endrín, heptacloro, hexaclorobenceno, mirex, bifenilos policlorados (PCB) y toxafeno.
2. Compuestos orgánicos del fósforo y sustancias que pueden formar esos compuestos en el medio marino.
3. Compuestos orgánicos del estaño y sustancias que pueden formar estos compuestos en el medio marino.
4. Hidrocarburos aromáticos policíclicos.
5. Metales pesados y sus compuestos.
6. Aceites lubricantes usados.
7. Sustancias radiactivas, incluidos sus residuos, cuando sus descargas no respeten los principios de protección contra las radiaciones definidas por las organizaciones internacionales competentes, teniendo en cuenta la protección del medio marino.
8. Biocidas y sus derivados.
9. Microorganismos patógenos.
10. Petróleo crudo e hidrocarburos procedentes del petróleo.
11. Cianuros y fluoruros.
12. Detergentes no biodegradables y otras sustancias tenso-activas no biodegradables. 13. Compuestos de nitrógeno y fósforo y otras sustancias que pueden causar eutrofización.
14. Basura (cualquier material sólido persistente, fabricado o tratado que se descargue, evacue o abandone en el medio marino y costero).
15. Descargas térmicas.
16. Compuestos ácidos o alcalinos que pueden deteriorar la calidad del agua.
17. Sustancias no tóxicas que tienen efectos perjudiciales en el contenido de oxígeno del medio marino.
18. Sustancias no tóxicas que pueden obstaculizar cualquier utilización legítima del mar.
19. Sustancias no tóxicas que pueden tener efectos perjudiciales en las características físicas o químicas del agua marina.

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