Mientras que desde Europa llegan propuestas para avanzar en la gestión de residuos como las relacionadas con un uso eficiente de recursos, la economía circular, el incremento en objetivos de reciclaje o la limitación de la incineración de los residuos que sean reciclables, en nuestro país se están produciendo cambios en la legislación y en las prácticas de gestión que suponen un claro retroceso en la capacidad de control de las administraciones y de la ciudadanía.
Hasta la probación de la ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados, la instalación, ampliación o reforma de industrias o actividades generadoras o importadoras de residuos peligrosos requerían de la autorización del órgano competente de la comunidad autónoma en cuyo territorio se pretendieran ubicar.
La ley de residuos restringe la aplicación de la obligatoriedad de disponer de una autorización previa, a las operaciones de tratamiento de residuos, quedando las actividades de producción y gestión de residuos obligadas exclusivamente, a presentar una comunicación previa al inicio de sus actividades ante el órgano ambiental competente de la Comunidad Autónoma donde estén ubicadas.
Este importante cambio viene a reducir el control efectivo de las administraciones, pasando de la necesaria justificación de que se cumple con los requisitos exigidos, previamente a su entrada en funcionamiento, a un modelo de declaraciones responsables que sólo tendrán consecuencias para los infractores si se produce un grave daño ambiental o para la salud de las personas que obligue a actuar a las administraciones. Pasamos de un control previo que evite los riesgos, a un control a posteriori, muy limitado por los recortes que, en este contexto de crisis económica, están sufriendo los equipos de inspección.
La ley de residuos también establece una nueva definición1 de compost, diferenciando claramente lo que a partir de su aprobación podemos considerar como compost, de lo que sólo debemos considerar como material estabilizado. Esta nueva definición abría la puerta a la potenciación de la producción de compost de calidad a partir, exclusivamente, del tratamiento de la materia orgánica recogida de forma selectiva. Sin embargo desde el Ministerio de Medio Ambiente se está promoviendo la aprobación de un decálogo para la utilización del material bioestabilizado en agricultura que supondría un paso atrás en la imprescindible gestión sostenible de la fracción orgánica.
Entendemos que no es momento de legislar para seguir generando un material estabilizado de muy baja calidad sino establecer las medidas necesarias para generalizar la recogida selectiva de materia orgánica, producir y comercializar un compost de calidad, luchar contra la desertificación, la dependencia de los fertilizantes sintéticos y generar empleos de calidad y sostenibles en la gestión de la fracción orgánica, que incluye la recogida y transporte, el tratamiento en plantas diferenciadas de compostaje y biometanización y la comercialización a precios razonables.
Por otro lado, la ley de residuos ha sido modificada mediante la Ley 11/2012, de medidas urgentes en materia de medio ambiente y ha introducido algunos cambios que dificultan el avance en la gestión de residuos. Como ejemplo analizamos dos de estos cambios.
El primero es el aumento de las dificultades para implantar un Sistema de Depósito Devolución y Retorno (SDDR) para los envases. Las modificaciones introducidas en la revisión de la ley de residuos aumentan las restricciones para su aplicación y al manifestar expresamente el carácter voluntario de su implantación, imposibilitan de hecho el establecimiento del SDDR que ya funciona con éxito en muchos países europeos.
El segundo es la eliminación del calendario de sustitución de bolsas comerciales de un solo uso de plástico no biodegradable, que finalizaría con la sustitución de la totalidad de estas bolsas en 2018. De un calendario definido, con fechas y porcentajes de sustitución, pasamos a un futuro reglamento, sin fecha de aprobación, donde se deberá establecer el calendario de sustitución. Hasta este momento no conocemos que se haya elaborado ninguna propuesta de reglamento.
Con respecto a las prácticas de gestión de los residuos queremos resaltar la situación que atraviesa la gestión de los residuos peligrosos en nuestro país así como la limpieza viaria y la recogida de residuos de competencia municipal.
Según la Asociación de Empresas Gestoras de Residuos y Recursos Especiales (ASEGRE), que representa a más del 70% de las empresas gestoras de residuos peligrosos en nuestro país, en los últimos 5 años han sufrido una caída de actividad en sus empresas de gestión del 50%, lo que ha supuesto una pérdida del 50% de los empleos en ese mismo periodo.
Esto es consecuencia de la falta de vigilancia en la gestión de los residuos industriales y ha llevado al secretario de esta asociación a denunciar públicamente prácticas de gestión de residuos peligrosos dudosas, sin la documentación correspondiente, recogidas ilegales de residuos peligrosos y gestión en instalaciones sin autorizar2 .Sin embargo desde algunos sectores económicos se sigue planteando como alternativa a la crisis económica por la que atraviesa nuestro país y también el sector industrial la gestión a bajo coste (low cost) de los residuos.
Sólo saldremos de esta situación si se refuerza el papel que deben cumplir las administraciones de vigilancia y control de la correcta gestión de los residuos, especialmente de los residuos peligrosos.
Si queremos mantener el tejido industrial y por tanto el empleo, debemos asegurar el cumplimiento de la legislación y la gestión adecuada de los residuos. Esto implica tanto a las empresas productoras en su responsabilidad de realizar una gestión ambientalmente responsable, asegurándose de cómo se van a gestionar sus residuos, y a las empresas gestoras que deben apostar por la innovación y la priorización de la reutilización y el reciclaje en sus tratamientos en aplicación de la jerarquía de residuos.
No podemos seguir hablando de un uso eficiente de los recursos y gestionar los residuos con métodos directamente ilegales o priorizando las opciones de final de tubería como son la incineración y el vertido. Además estas opciones son las que menor empleo generan.
Por último decir que la política de recortes también está alcanzando a los contratos de las administraciones para la limpieza viaria y recogida de residuos lo que está teniendo como consecuencia el recorte de las condiciones y de los derechos de los trabajadores y trabajadoras y la reducción de las plantillas de las empresas concesionarias. La Federación de Servicios Privados de CC.OO. ha advertido que la ley de contratos del Estado ha permitido la bajada de hasta un 15% del canon, lo que añadido a los recortes en los presupuestos de los nuevos concursos y a la bajada de un 16% de media en las adjudicaciones ha deteriorado las condiciones laborales y la prestación del servicio. Estos recortes repercutirán en los resultados de la gestión de residuos, en un sector que necesita mejorar y así poder alcanzar los objetivos establecidos en la legislación, de los que estamos muy lejos todavía, ya que sólo alcanzamos un porcentaje del 27% entre los residuos reciclados y la materia orgánica compostada, según los últimos datos publicados por Eurostat3 .
Jesús Pérez , ISTAS y Rafael López, Federación de Servicios Privados de CCOO
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1. Ley 22/2011, Artículo 3 Definiciones y) «Compost»: enmienda orgánica obtenida a partir del tratamiento biológico aerobio y termófilo de residuos biodegradables recogidos separadamente. No se considerará compost el material orgánico obtenido de las plantas de tratamiento mecánico biológico de residuos mezclados, que se denominará material bioestabilizado.
2.“El sector de los residuos peligrosos en 2013, otro año para olvidar”, Luis Palomino (Secretario General de ASEGRE), FuturEnviro, Marzo 2014.
3.http://epp.eurostat.ec.europa.eu/cache/ITY_PUBLIC/8-25032014-AP/EN/8-25032014-AP-EN.PDF